martes, 24 de junio de 2008

TRIBUNAL DEL DEPORTE APRUEBA LAURELES PARA HORNA...PERO



Los laureles deportivos son la máxima condecoración a que aspira un deportista peruano y de acuerdo a la Ley 28036 lo reciben quienes hayan ganado un título, subcampeonato o tercer lugar representando a su país en un mundial o juegos olimpicos y se entiende que sólo tienen derecho los deportistas "amateurs".

En el caso del tenista Luis Horna, si bien lo logrado en el Torneo de Roland Garros es un título importante y nos alegra a todos los peruanos, su actuación fue en un torneo de la Asociación de Tenistas Profesionales ATP, es decir una participación en el ámbito individual profesional porque de acuerdo a la ley no le corresponde.

Sin embargo la Sala Plena del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte a decidido darle los laureles a Luis Horna aduciendo que el título conseguido por el tenista peruano en el torneo Roland Garros es equivalente a un campeonato mundial.

Conocemos en nuestro país el facilismo con que se vulneran las leyes y se debería indicar en esta resolución que se realiza dicha entrega "a manera de excepción", sino con justa razón otros deportistas, como el caso del billarista Ramón Rodríguez que le corresponde los laureles y hasta ahora no se lo dan, podría solicitar que se lo den no por la medalla de bronce que obtuvo en Ecuador el 2008 sino por el tercer lugar que ocupó en la Copa mundial de billar (13-15 de diciembre), realizada en la ciudad de Suwon, Corea del Sur, que es un torneo profesional, y así cualquier otro deportista que consiga una medalla en torneos profesionales podrían recibir ese derecho.

Una resolución de jerarquía menor no puede modificar a una Ley dada por el Congreso, eso es ilegal. Lo que si el Congreso debe de realizar es modificar la Ley para que de esta forma todo deportista profesional también pueda acceder a lucir su nombre en el frontis de algún lugar designado por el IPD y asi se equipararía los niveles entre los llamados deportistas profesionales y los amateurs.


LEY DEL DEPORTE: CAPÌTULO II: DE LOS HONORES DEL DEPORTE

Artículo 30.- De los Laureles Deportivos del Perú
La condecoración de "Los Laureles Deportivos del Perú" es la recompensa honorífica que la nación confiere a quienes se han distinguido de manera excepcional en la práctica, labor o dirección del deporte. Consta de insignia y diploma; es asignada por la Sala Plena del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte a propuesta del Presidente del IPD y comprende los siguientes grados:
Gran Cruz
Gran Oficial
El IPD entrega estas condecoraciones mediante Resolución del Presidente, de acuerdo con lo establecido por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del deporte.
Los "Laureles Deportivos del Perú" podrán también otorgarse a título póstumo.

Artículo 31º.- De los requisitos
Las Federaciones Deportivas Nacionales someten a consideración del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del deporte, para su previa evaluación, las respectivas nóminas de candidatos debidamente fundamentadas.

Para merecer la condecoración de "Gran Cruz", el candidato debe haber prestado excepcionales servicios en la dirección del deporte en el país, por un período no menor de veinticinco (25) años o haber obtenido récord del mundo o título de campeonato en los Juegos Olímpicos. Esta condecoración otorga derecho a que se inscriba el nombre del deportista en un lugar designado por el IPD.

Para merecer la condecoración de "Gran Oficial", el candidato debe haber prestado excepcionales servicios en la dirección del deporte en el país por un período no menor de veinte (20) años o haber obtenido el título de Subcampeón Mundial en la categoría de la más alta jerarquía o Subcampeón de los Juegos Olímpicos. En todo caso, haber obtenido el tercer lugar en un Campeonato Mundial en la categoría de la más alta jerarquía o en los Juegos Olímpicos. Esta condecoración otorga al deportista el derecho de inscripción de su nombre en un lugar designado por el IPD.



OFICINA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES


NOTA DE PRENSA Nº 472-2008-COMUNICACIONES/IPD


APRUEBAN OTORGAR
LAURELES DEPORTIVOS A LUIS HORNA


El Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte aprobó con Resolución Nº 013-2008-CSJDHD/IPD otorgar los Laureles Deportivos del Perú en el Grado de 'Gran Cruz' al tenista Luis Horna.

Esta máxima distinción que se otorga a un deportista peruano, se da a Luis Horna Biscari por haber obtenido el título de campeón mundial de dobles en el torneo 'Roland Garros', realizado en París, Francia, del 02 al 07 de junio pasado.

Según la resolución, este título "puede ser considerado como haber obtenido el título de Campeonato Mundial en la categoría de la más alta jerarquía". También se agrega, inscribir el nombre del deportista en el frontis del Estadio Nacional.

Lima, 23 de junio de 2008

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