lunes, 3 de mayo de 2010

SIN VUELTAS

VOLEIBOL PERUANO:
MOCOS POR BABAS
Por Pepe Troncón

Los días 17 y 18 de abril del presente año la Federación Peruana de Voleibol llevó a cabo la primera Asamblea de Bases en lo que va de la actual gestión de Juan Castro Romero la misma que estuvo programada inicialmente para mediados del mes de marzo en la ciudad de Caráz, Departamento de Ancash, pero que fue postergada por dos evidentes razones; una de corte efectista: esperar la confirmación de la FIVB en su reunión del Consejo de Administración y Comité Ejecutivo realizada a inicios del mes de abril en el balneario de Cancún, México del otorgamiento de la sede del Campeonato Mundial Juvenil femenino 2011 en nuestro país lo que sin duda alguna sería una carta de presentación importante para lograr el ansiado apoyo de los representantes de las diferentes Ligas presentes y la otra sin lugar a dudas de corte político: bajar la presión mediática generada por la renuncia irrevocable del miembro de la Junta Directiva Señor Carlos Ganoza en la que se hacían muy graves denuncias contra la gestión de Castro Romero.

No nos vamos a referir a la carta de Ganoza en detalle porque ya lo hicimos en forma extensiva en nota anterior pero si queremos hacer algunas precisiones en relación al manejo solapado que Castro Romero le dio a este asunto enviando una carta al renunciante directivo en días previos a la Asamblea de la referencia comunicándole que de acuerdo al Artículo 9 del Estatuto vigente de la FPV su renuncia sería puesta a la consideración de la mencionada Asamblea, al respecto conviene aclarar lo siguiente:

1.-El Artículo referente a la remoción o aceptación de renuncias de algún directivo no es el número 9 sino el número 19 y en su numeral 7 sin embargo consideramos necesario al respecto puntualizar lo siguiente:

A,.La remoción de un miembro de la Junta Directiva de la FPV solo puede ser puesta en consideración de la Asamblea Nacional de Bases cuando exista previamente una Resolución consentida y ejecutoriada del Tribunal de Justicia Deportiva y Honores de la FPV instancia que hasta la fecha en ésta entidad NO EXISTE pese a ser mandato de ley y por otro lado definitivamente porque este no es el caso de Carlos Ganoza. Además una hipotética Resolución del Tribunal de Justicia y Honores de la FPV en el caso existiera puede ser apelada a la máxima instancia similar en el IPD.

B.- El directivo Carlos Ganoza presentó una carta de renuncia con carácter irrevocable ante la Presidencia de la FPV y por su intermedio ante la Asamblea Nacional de Bases que lo eligió por lo que no había nada que someter a instancias superiores solo hacerla de conocimiento pues las únicas dos opciones para una renuncia irrevocable son : aceptarla o solicitarle a quien la presentó que reconsidere su decisión y la retire. En conclusión renuncia son renuncias no hay términos medios.

La pregunta es ¿cuál fue la intención vedada de Castro Romero al urdir ésta maniobra? tal vez cubrirse con el manto cómplice de la Asamblea de las graves denuncias hechas públicas en la carta de renuncia de Ganoza?

Porque por otro lado se le impidió a Ganoza toda vez que fue el mismo Presidente de la FPV el que dispuso arbitrariamente que la renuncia pase a la consideración de la Asamblea que el mencionado directivo renunciante sustentara su decisión ante ésta y demostrara con numerosas pruebas compiladas en un expediente de treinta páginas la veracidad de sus afirmaciones?

En vista de lo que se configura como un verdadero abuso de autoridad Ganoza entregó copias del mencionado expediente a varios de los representantes presentes. Tuvimos conocimiento que otro miembro de la Junta Directiva había manifestado su intención de presentar su renuncia irrevocable en el transcurso de la mencionada Asamblea pero trascendió que ante las amenazas del Presidente de la FPV habría desistido.

Unas semanas antes de la realización de ésta Asamblea la FPV distribuyó copias del Reglamento vigente de ésta y convocó a entidades como el COPEV y el COPAV para que brindaran sus aportes para un eventual proyecto de modificación y actualización de la antes mencionada normatividad.. Lo curioso es que la FPV convoque a entidades que aún existiendo fisicamente dentro del sistema y siendo de apoyo técnico fundamental no figuran para nada en el vigente Estatuto de la FPV. Cosa de locos.

Según el Comunicado de Prensa de la FPV emitido después de la finalización de la mencionada Asamblea el tema del Reglamento y de una eventual modificación del Estatuto no se puso a consideración en absoluto. Obviamente era materialmente imposible pensar que en solo dos días se pudiese analizar y debatir documentos tan complicados pero de importancia vital para la marcha de la FPV y era evidente por otro lado que la intención política del Presidente era limpiarse en olor de multitud..

En relación al Estatuto consideramos importante reiterar una información que nos llegó de fuente allegada a la FPV en los primeros días de Marzo del presente año; El Presidente de la FPV Juan Castro Romero convocó a una Sesión de Junta Directiva con agenda secreta como es su costumbre y en un determinado momento de la misma solicitó el apoyo para proponer a la Asamblea Nacional de Bases la modificación del Artículo 23 de los actuales Estatutos de la FPV que a letra señalan:

ARTICULO 23.- “La administración, dirección o representación legal de la asociación corresponderá al Consejo Directivo que está compuesto por siete miembros que serán elegidos de la manera prevista en el Estatuto y en la Ley por un período de cuatro años .Los miembros del Consejo Directivo pueden SER REELEGIDOS POR UNA SOLA VEZ.”

Obviamente la mente de Castro Romero está puesta en el año 2012 pues la reelección no le disgusta para nada pero si el proceso es con la vigencia del Artículo arriba expuesto él estará impedido de volver a postular. Este artículo no prevé excepciones se refiere claramente al Consejo Directivo .en su totalidad. Castro Romero es miembro del Consejo Directivo desde el año 2002 y reelecto sucesivamente en el año 2006 y posteriormente en el 2008 como se comprueba fácilmente en las Resoluciones de reconocimiento emitidas por el IPD.

Obviamente no pudieron faltar las atenciones: pasajes, alojamiento y alimentación pagados por la FPV y el famoso canje populista de “pelotas por votos” que ahora se denomina entrega de material deportivo homologado por la FIVB….Como dice la hermosa canción de Mercedes Sosa:”CAMBIA… CAMBIA….NADA CAMBIA”….Solo MOCOS POR BABAS esto último lo decimos nosotros

LA DEL ESTRIBO.-
Este es un tema sumamente delicado en el que están involucrados los dirigentes de la actual FPV que coincidentemente también son representantes de connotadas Instituciones afiliadas al sistema, los integrantes de los Cuerpos Técnicos de las pre-selecciones y selecciones nacionales y los padres de familia en el caso de menores de edad.

Nos referimos a la constante falta de respeto y al desprecio que se demuestra por los clubes del sistema en especial para aquellos que de una manera u otra aportan su capital humano a éstos procesos. Al respecto es conveniente puntualizar lo siguiente por duro e incomodo que resulte:

1.-Queda claro en el caso de los y las menores de edad que los deportistas son hijos de sus padres pero paralelamente son Jugadores (oras) de sus clubes con los que adquieren un compromiso moral cuando suscriben las fichas oficiales de afiliación a éstos.

2.-En el caso de los mayores de edad la responsabilidad es directa del deportista y es a ellos a quienes corresponde hacer respetar sus compromisos con los clubes a los que pertenecen.

En conclusión los deportistas son patrimonio exclusivo y excluyente de las Instituciones pertenecientes al sistema y no de los técnicos de selecciones nacionales a cuyo cargo están y a quienes por ende nadie tiene que pedírselos prestados, ni mucho menos a los dirigentes de turno en la FPV. En virtud de éste concepto durante muchos años existió en el Reglamento de la FPV un capitulo relativo a los procedimientos en materia de pre-selecciones y selecciones nacionales que establecía básicamente lo siguiente:

1.-La jugadora o jugador era convocado o convocada mediante un oficio dirigido a la Presidencia del Club o Institución a la que pertenecían y si se trataba de menores de edad se enviaba una copia de dicha carta adjunta a otra dirigida a los padres de familia solicitando la autorizaciones correspondientes.

2.-Los jugadores o jugadoras de selecciones nacionales solo quedaban a tiempo completo a cargo de los Directores Técnicos de éstas 45 días antes de las competencias internacionales que luego comprensiblemente se aumentó a sesenta.

3.-Las grupos de preselecciones nacionales entrenaban los Lunes, Miércoles y jueves quedando dos días para los clubes y las selecciones nacionales de Lunes a Jueves quedando libre los viernes para los clubes.

Esto desde que se entronizaron en le FPV Castro Romero y su predecesor Vertíz Mezzano YA NO EXISTE y con la complicidad de técnicos que curiosamente se formaron desde jugadores en clubes del sistema y con el apoyo de ellos llegaron a integrar selecciones nacionales por lo que es evidente que los toros no se acuerdan cuando eran novillos y alguna vaca tampoco se acuerda cuando era ternera y ahora ignoran a los clubes del sistema que fueron su fuente y a los que les recordamos que en la vida siempre hay que ser agradecidos y desgraciadamente en el caso de menores de edad con la complicidad de padres de familia obsesionados por la figuración de sus hijas o hijos e ignorantes del respeto y la consideración a las instituciones con las que suscribieron un compromiso. .

Lo dejamos ahí no vamos a entrar en otro tema delicado para no herir susceptibilidades, aquél de los dirigentes de la FPV que utilizan los grupos de pre-menores o menores como centros de acopio para sus propios clubes. A los técnicos de selecciones nacionales y a los dirigentes de turno en la FPV no les vendría mal un baño de humildad y decencia que de una vez por todas destierre la soberbia y devuelva la dignidad a un deporte que en algún momento nos volvió insomnes para vivir sus alegrías y sus tristezas.

Hasta la próxima.

José Troncon Aste
Periodista
Carnet C.P.D.P. 379-Lima
Carnet A.I.P.S. 000583-Perú

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