domingo, 10 de julio de 2016

DIRECTIVA PERUANA DE ESGRIMA ES DESTITUIDA POR LA PRIMERA SALA DEL CONSEJO SUPERIOR DE JUSTICIA DEPORTIVA Y HONORES DEL DEPORTE DEL INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE



SE DECLARÓ FUNDADA EN PARTE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR EL SR. MARTÍN PANIZO GARCÍA REPRESENTANTE DE LOS DENUNCIANTES

La Esgrima es un deporte olímpico de combate que se destaca como un arte del ataque y defensa haciendo uso de la espada y el florete. En el Perú, la disciplina ha dado muchos lauros al país y siempre mantuvo un nivel de discreción sin escándalos. Sin embargo hoy en día ad portas de finalizar el ciclo olímpico y cuando después de la participación en Río 2016, todas las federaciones deportivas tendrán que convocar a elecciones para elegir a sus nuevas autoridades, lamentablemente su situación es diferente. 

Resulta que la Federación Deportiva Peruana de Esgrima que presidía el Sr. Carlos Levi junto a los señores Edgardo Palza (vicepresidente), Javier Zavala (secretario), Walter Anamaría (vocal técnico) y Virginia Rosas (tesorera) quienes fueron elegidos por Asamblea ordinaria de bases del 1 de febrero del 2013 para el periodo 2013-2017 han sido destituidos por la primera sala del Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte del Instituto Peruano del Deporte, al declararse fundada en parte la denuncia interpuesta por el Sr. Martín Panizo García representante de un grupo de denunciantes de las bases. 

Según la Resolución de siete páginas, N°002-2016-CSJDHD-IPD/ 1 SALA de fecha 06 de julio de 2016 del EXPEDIENTE N°006-2016-CSJDHD-IPD, la destitución en su CONSIDERANDO fundamenta y se resuelve declarar fundada en los artículos primero y segundo, y destituir en el tercero y cuarto, invocando el artículo 35 del Reglamento de la Ley N° 28036, sobre la graduación y aplicación de sanciones.

Fuente: esgrima Perú - Edición: Hola Es Un Gusto

Al presidente se le sanciona por abuso de autoridad y a sus directivos por incumplimiento de los deberes o compromisos adquiridos con el Estado o con los deportistas, faltas que son comprendidas en el inciso a) numeral 1 del artículo 98, y en el inciso p) del artículo 98 de la Ley N.- 28036, “Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte”, respectivamente.

Fuente: Esgrima Perú - Edición: Hola Es Un Gusto

La denuncia comprendía ocho cargos sobre presuntas faltas a la normativa vigente que habría cometido la referida junta directiva, sin embargo solo se les dio la razón en tres, que fueron suficientes para destituir a los directivos de Esgrima.

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De esta manera, las bases de Esgrima tendrán la oportunidad de nombrar a sus nuevos directivos, teniendo en cuenta que si cometen faltas, las autoridades competentes les enmendarán el camino.

La primera sala del CSJDHD del IPD que preside Víctor Colina Vega junto a María del Rosario Vivanco de Yori (Vocal) y Eduardo Rojas Miranda (Vocal) ha actuado con celeridad. La denuncia fue presentada en marzo de 2016 y se ha resuelto el 06 de julio de 2016, lo que avizora nuevos vientos a la justicia deportiva del Perú. 

JUDITH CHUQUIPUL TORREJON
CPDP 054 LM

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